El municipio y las oficinas que intervienen
San Diego es un municipio del estado Carabobo y uno de los cinco que forman la ciudad de Valencia; fue parroquia del antiguo Distrito Valencia hasta 1994 (Wikipedia)). Como muchas direcciones de la zona dicen "Valencia", confirme en el documento que la propiedad está en el Municipio San Diego: de eso depende a qué alcaldía se le pide la solvencia.
| Trámite | Oficina | Dirección publicada |
|---|---|---|
| Consulta de deudas y pago del impuesto | Dirección de Administración Tributaria (según la prensa) | Oficina Virtual en alcaldiadesandiego.gob.ve y taquillas de tesorería en la alcaldía |
| Inscripción de la venta | Registro Público del Municipio Naguanagua (así lo nombra el SAREN; confirme, vea abajo) | C.C. Paseo La Granja, piso 1, oficinas 101, 102, 103 y 110 |
| Autenticar una opción o un poder | Notaría Pública de San Diego | Centro Comercial Big Low Center, nave D, local 20, San Diego |
Las direcciones del Registro y la Notaría son las del buscador de oficinas del SAREN en octubre de 2026. El nombre de la oficina tributaria sale de notas de prensa de enero de 2026 (FMUC, Notitarde). El sitio de la alcaldía no abrió desde fuera de Venezuela, así que no pudimos revisar en él catastro ni tasas.
Solvencia municipal y catastro
El Registro no puede inscribir un documento que traslade o grave la propiedad sin la planilla del anticipo del ISLR y la solvencia de los impuestos municipales "sobre predios rurales e inmuebles urbanos" (artículo 97 de la Ley de Registros y Notarías). En San Diego, lo que pudimos verificar en la prensa es esto:
Tasas de la solvencia y del documento catastral: no publicado en las fuentes que pudimos abrir; tampoco sabemos si la alcaldía dice cédula o ficha catastral, ni los recaudos. Pregunte antes de fijar la firma. Las reglas generales están en la guía de solvencia municipal y cédula catastral.
El Impuesto sobre Inmuebles Urbanos
Alícuotas, montos por m² y número de la ordenanza: no publicado en una fuente oficial que pudiéramos abrir. Lo que sí reportó la prensa son rebajas decididas año por año:
| Año | Rebaja reportada | Plazo reportado | Fuente |
|---|---|---|---|
| 2026 | 50% en el impuesto de la propiedad y el de vehículos, para contribuyentes solventes | Vigente desde el 1 de enero; operativo del 8 al 31 de enero | Notitarde (7 de enero de 2026) y FMUC (13 de enero de 2026) |
| 2025 | 20% en el impuesto de la propiedad y el de vehículos | No citamos la fecha: la nota dice "31/10/2025", que parece una errata | El Carabobeño (9 de enero de 2025) |
| 2022 | 20% en el impuesto de la propiedad y el de vehículos | Del 10 al 31 de enero | Infoenlace (5 de enero de 2022) |
Para 2026, Notitarde habla de un decreto del alcalde, y según la oficina tributaria (FMUC) la rebaja se aplicaba sola a quien estuviera al día; con deudas de años anteriores, había que pagarlas primero. Notitarde y FMUC dan el 31 de enero como cierre, pero otro medio local tituló "hasta el 30 de enero": confirme el plazo con la alcaldía. No dé por hecho que la rebaja se repite. Más contexto en la guía del impuesto municipal a la propiedad.