No encontramos ninguna norma que obligue a un propietario a vender a través de un agente inmobiliario, ni que se lo impida. La elección cambia quién hace cada tarea y cuánto paga, no los requisitos legales de la venta. Abajo, tarea por tarea, con la regla que aplica (textos revisados el 27 de octubre de 2026).
Qué cambia y qué no cambia
No encontramos una ley que exija licencia para trabajar como agente. El Código de Comercio dice que "la profesión de corredor es libre" (artículo 74), aunque esa norma está escrita para el corretaje entre comerciantes.
Tarea por tarea: agente o usted
La columna del agente describe práctica de mercado según dos agencias (Xinergia Inmobiliaria, 2021; Mettryc Realty, 2025) y lo que pide el Código de Ética de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, aprobado el 12 de noviembre de 2025. Ese código obliga solo a los afiliados a la Cámara (artículos 2 y 43). La columna de la regla cita normas.
| Tarea | Lo que suele hacer un agente | Lo que hace usted si vende por su cuenta | La regla que aplica |
|---|---|---|---|
| Valoración | Estima un precio de mercado. El Código de Ética le pide asesorar con objetividad, incluidos riesgos y desventajas (art. 12) | Compara precios de propiedades parecidas o encarga un avalúo a un tasador | No encontramos norma que exija un avalúo para una venta privada. Vea la guía de avalúo y tasación |
| Anuncio y visitas | Toma fotos, publica, coordina las visitas y muestra la propiedad. El afiliado necesita su autorización escrita para anunciar y debe ser veraz (art. 6) | Publica, atiende a los interesados y coordina y acompaña las visitas | No encontramos una norma que regule el anuncio que hace un particular de su propia propiedad |
| Verificar al comprador | Si la agencia maneja fondos, al inscribirse ante la ONCDOFT se compromete a hacer debida diligencia a sus clientes y determinar el origen y destino de sus fondos | Pide la identificación del comprador y pregunta cómo pagará | La Circular ONCDOFT-DGCJ 003-2026 (8 de septiembre de 2026) nombra a las agencias inmobiliarias "cuando se involucren en el manejo de fondos", y a abogados y contadores que hagan compraventas para sus clientes; no menciona al propietario que vende lo suyo. En la nota de registro constan el RIF de vendedor y comprador (ISLR, art. 86) |
| La opción de compra-venta | Negocia precio, plazo y arras, y lleva las ofertas. El afiliado debe presentarle todas las ofertas y contraofertas lo más rápido posible (art. 17) | Negocia con el comprador y encarga el contrato a un abogado | No encontramos norma que obligue a notariarla; el Código Civil trata el documento como medio de prueba (art. 1.355). Si se notaría, debe ir redactada y visada por abogado (Ley de Registros y Notarías, arts. 23 y 75). |
| Gravámenes y solvencias | Reúne papeles y hace seguimiento a los trámites | Tramita la solvencia municipal, paga el anticipo de ISLR y reúne lo que pida el comprador | El vendedor autoliquida y paga el anticipo de 0,5% del precio (ISLR, art. 86), salvo excepciones. Sin esa planilla y la solvencia municipal no se registra (Ley de Registros y Notarías, art. 97). El Registro certifica los gravámenes inscritos (art. 40) |
| Visado del abogado | No lo sustituye: si no es abogado, no puede visar | Contrata a un abogado | Obligatorio en los dos casos: todo documento ante Registros y Notarías debe ir redactado y visado por un abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Ley de Registros y Notarías, art. 23) |
| Registro | Coordina fechas con el comprador y el abogado hasta el cierre | Coordina con el abogado y el comprador, y firma | Las partes otorgan ante el registrador, que tiene tres días hábiles desde la presentación para inscribir (Ley de Registros y Notarías, art. 39). Un apoderado necesita mandato expreso para vender (Código Civil, art. 1.688). Vea cómo registrar la venta |
| La comisión | Cobra un porcentaje o un monto fijo pactado. Fuentes del sector citan 5% del precio (Xinergia Inmobiliaria, enero de 2021) o de 3% a 5% (Mettryc Realty, agosto de 2025), normalmente a cargo del vendedor | No paga comisión de venta; paga igual al abogado y los demás gastos | No encontramos ley que fije la comisión. El Código de Ética exige a sus afiliados pactar los honorarios por escrito (art. 14). Vea la guía de comisión del agente |
Lo que la ley exige en los dos casos
Si contrata a un agente: qué dejar por escrito
El Código de Ética pide a sus afiliados pactar por escrito sus honorarios, con la naturaleza de sus servicios y la forma de cálculo (art. 14). Con un agente no afiliado, puede pedir lo mismo en el contrato. Conviene que diga:
Si vende por su cuenta: qué asume
Vender sin agente significa hacer usted las tareas que no son del abogado ni del Registro: fijar el precio, anunciar y mostrar la propiedad, negociar con el comprador y reunir los papeles a tiempo para que la opción no venza antes de poder registrar. Si el contrato no dice otra cosa sobre las arras, el art. 1.263 del Código Civil permite a la parte que no incumplió, si no prefiere exigir el cumplimiento, retener las arras recibidas o exigir el doble de las entregadas.
Ni usted ni un agente pueden visar el documento, salvo que sean abogados. Si hay herencias, poderes, hipotecas o un cónyuge que no puede firmar, consulte a un abogado antes de firmar la opción.